No es lo “mesmo” Juana que “chana”, leamos:
Anónimo ha dejado un nuevo comentario en su entrada
"Registro registrado":
Ahui, tengo una tremenda duda y no me importa si te haces pipi de la risa, si yo hago un comentario en este tu blog, ¿¿¿¿¿qué posibilidades hay de que alguien al que yo haya criticado, rastree quien lo hizo y entable una denuncia por difamación o falsedad de información en mi contra????????
Empecemos, si alguien te dijo que “pueden” rastrear tu IP por algún comentario que hayas hecho al blog, solo te está espantando con el petate del muerto, para que rastreen una IP en un blog está en chino, puesto que cuando escribes un comentario, este se envía a un servidor como “anonimus” de ese servidor se redirecciona al servidor del blog (que no se encuentra en México) el cual lo redirecciona a la dirección E-mail que se establezca para recibir los comentarios del blog (el cual nadie conoce la dirección, solo el Ahuizotl) así que… ni el Ahuizotl puede rastrear una dirección IP para dar con el paradero del internauta que mande un comentario a nuestro blog… ahora en cuanto a la “demanda” por difamación, hace ya tiempo comentamos aquí; http://porxilitla.blogspot.com/2009/06/que-van-que-al-ahuizotl.html, que el congreso derogo el delito de “difamación” y por si no les queda claro leamos la nota de “la jornada”:
Anónimo ha dejado un nuevo comentario en su entrada
"Registro registrado":
Ahui, tengo una tremenda duda y no me importa si te haces pipi de la risa, si yo hago un comentario en este tu blog, ¿¿¿¿¿qué posibilidades hay de que alguien al que yo haya criticado, rastree quien lo hizo y entable una denuncia por difamación o falsedad de información en mi contra????????
Empecemos, si alguien te dijo que “pueden” rastrear tu IP por algún comentario que hayas hecho al blog, solo te está espantando con el petate del muerto, para que rastreen una IP en un blog está en chino, puesto que cuando escribes un comentario, este se envía a un servidor como “anonimus” de ese servidor se redirecciona al servidor del blog (que no se encuentra en México) el cual lo redirecciona a la dirección E-mail que se establezca para recibir los comentarios del blog (el cual nadie conoce la dirección, solo el Ahuizotl) así que… ni el Ahuizotl puede rastrear una dirección IP para dar con el paradero del internauta que mande un comentario a nuestro blog… ahora en cuanto a la “demanda” por difamación, hace ya tiempo comentamos aquí; http://porxilitla.blogspot.com/2009/06/que-van-que-al-ahuizotl.html, que el congreso derogo el delito de “difamación” y por si no les queda claro leamos la nota de “la jornada”:
Aprueba Congreso de SLP despenalización de delitos de difamación y calumnia
La Jornada
Edith Argüelles, corresponsal
Publicado: 25/06/2009 19:41
http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2009/06/25/aprueba-congreso-de-slp-despenalizacion-de-delitos-de-difamacion-y-calumnia
Publicado: 25/06/2009 19:41
http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2009/06/25/aprueba-congreso-de-slp-despenalizacion-de-delitos-de-difamacion-y-calumnia
Los legisladores que aprobaron la propuesta consideraron que representa un avance en materia de libertad de expresión, sin embargo, otra parte se opuso bajo el argumento de que periodistas podrían abusar de este derecho.
San Luis Potosí, SLP. Con resistencia y una notoria división en el tema, este jueves el Congreso local en San Luis Potosí aprobó con 13 votos a favor, 3 abstenciones y 9 en contra, la despenalización de los delitos de difamación y calumnia que se contemplaban dentro del Código Penal del Estado con una pena de prisión de hasta por dos años cada uno.
Los legisladores que aprobaron la propuesta consideraron que representa un avance en materia de libertad de expresión, sin embargo, otra parte se opuso bajo el argumento de que periodistas podrían abusar de este derecho.
El dictamen aprobado suprime la pena de prisión para los delito des difamación y calumnia, dejando de manera abierta la posibilidad de demandar la reparación del daño causado a terceros por la vía civil.
Para tal efecto, el proyecto de decreto que presentó la Comisión de Justicia deroga del título Cuarto los capítulos I a III y los artículos 159 a 166 del Código Penal y se adiciona los artículos 1752Bis, 1752Quáter al Código Civil de San Luis Potosí.
Ahora serán los jueces del orden civil quienes deberán resolver si los periodistas, comunicadores o cualquier otra persona en su derecho de libre expresión, actúan dentro o fuera de la ley al difundir determinada información u opinión.
Así que… lo máximo que una de los políticos ardidos que pueden hacer es “demandar” por la via civil y para que eso se resuelva… además recuerda que tienen como abogada a la Lic. Mamá Dora, así que pueden estar tranquiilos que con esa no pasa nada, juar juar juar juar juar y rejuar….
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