miércoles, 26 de marzo de 2008

CAMPESINO-MECÁNICO

Siempre hemos pensado que las dependencias del ayuntamiento están obligadas a todo con nosotros, leamos:








Mecánico por poco se mata en carretera







Victor Ortega J.

Xilitla.- Un campesino que se desempeña como mecánico tuvo un percance que por poco le cuesta la vida sin que Protección Civil lo auxiliara ni le diera apoyo aún sabiendo que se encontraba en riesgo.
El mismo afectado relató que en días pasados sufrió un percance carretero ya que la unidad que conducía se quedó sin frenos, los hechos se suscitaron a la altura de la comunidad de La Escalera de la carretera “Y” a Xilitla donde él transitaba.
Gabriel Rubio Hernández de 37 años de edad, con domicilio en esta cabecera municipal comentó ante este medio que su unidad se quedó sin frenos y pasaron por el lugar los elementos de Protección Civil y él les pidió apoyo pero éstos hicieron caso omiso al llamado.
“El director de Protección Civil iba de copiloto hasta me preguntaron qué había pasado y les expliqué lo sucedido, aún así no me dieron ayuda”, señaló.
Agregó que si esto les hacen a los de) Municipio que no harán con los turistas, por eso pide al Gobierno Municipal que tome cartas en el asunto ya que a él se le hizo injusta esta acción por parte de los elementos de esa corporación de auxilio.





Antes de todo ¿¿sabemos cuáles son las obligaciones de “PROTECCIÓN CIVIL?? Leamos primero:








ARTÍCULO 42.- LOS CONSEJOS MUNICIPALES DE PROTECCIÓN CIVIL TENDRÁN LAS SIGUIENTES FUNCIONES:
I.- ACTUAR COMO ÓRGANO DE CONSULTA A NIVEL MUNICIPAL EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL;
II.- PROMOVER Y COORDINAR LA INTEGRACIÓN Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA PROTECCIÓN CIVIL, QUE DEBAN DESARROLLARSE EN EL MUNICIPIO;
III.- VINCULAR LAS NECESIDADES MUNICIPALES EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL CON EL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL;
IV.- IDENTIFICAR Y ESTUDIAR LOS RIESGOS A QUE ESTA EXPUESTO EL MUNICIPIO A QUE PERTENECE, PROPONIENDO LAS ESTRATEGIAS DE PROTECCIÓN CIVIL Y LAS POSIBLES SOLUCIONES APLICABLES A CADA CASO;
V.- ANALIZAR EL DIAGNOSTICO Y LA EVALUACIÓN PRIMARIA QUE SE PRESENTE EN CASO DE CALAMIDADES O DESASTRES, PARA DETERMINAR LOS RECURSOS DISPONIBLES;
VI.- SOLICITAR A LA UNIDAD ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL LOS APOYOS MATERIALES, ASESORÍA Y CAPACITACIÓN QUE REQUIERAN PARA AFRONTAR LAS SITUACIONES DE EMERGENCIA;
VII.- LAS DEMÁS ACCIONES QUE SE ESTIMEN PERTINENTES EN BASE A LOS RIESGOS, CALAMIDADES O DESASTRES A LOS QUE ESTE EXPUESTA CADA REGIÓN O MUNICIPIO, Y
VIII.- EXPEDIR SU REGLAMENTO Y APROBAR LAS REFORMAS QUE EN SU CASO REQUIERA.
*
ARTICULO 43.- LA UNIDAD MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL SERA LA RESPONSABLE DE ELABORAR, INSTRUMENTAR Y DIRIGIR LA EJECUCIÓN DE LOS PROGRAMAS EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL, COORDINANDO SUS ACCIONES CON LAS DEPENDENCIAS, INSTITUCIONES Y ORGANISMOS DE LOS SECTORES PUBLICO, SOCIAL, PRIVADO Y ACADÉMICO Y CON LOS GRUPOS VOLUNTARIOS Y LA POBLACIÓN EN GENERAL.
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ARTICULO 44.- LA INTEGRACIÓN Y LA OPERACIÓN DE LAS UNIDADES MUNICIPALES DE PROTECCIÓN CIVIL, SERÁN DETERMINADAS POR CADA AYUNTAMIENTO, DE ACUERDO A LA DISPONIBILIDAD DE RECURSOS FINANCIEROS, HUMANOS Y MATERIALES, EN RAZÓN DEL GRADO DE PROBABILIDADES DE RIESGOS O DESASTRES.
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ARTICULO 45.- COMPETE A LA UNIDAD MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL, LA IDENTIFICACIÓN Y ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS NECESARIOS, TENDIENTES A PREVENIR O MINIMIZAR LOS EFECTOS DE LOS DESASTRES PROVOCADOS POR FENÓMENOS NATURALES O HUMANOS.
LAS UNIDADES MUNICIPALES DE PROTECCIÓN CIVIL TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE APLICAR LAS DISPOSICIONES DE ESTA LEY E INSTRUMENTAR SUS PROGRAMAS EN COORDINACIÓN CON EL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL.





Si leímos bien, en ninguno de los artículos se establece que “Protección Civil” debe de dar asistencia mecánica, ni levantar a nadie de la carretera, si el “campesino-mecánico” es un inepto que ni los frenos de su automóvil puede reparar (para que tengan cuidado con quien mandan a reparar su vehículo) no sufrió ningún percance serio, “Protección Civil” no estaba obligada a prestar ningún tipo de asistencia, además cuando son percances en carreteras debe venir a tomar conocimiento la autoridad competente, en este caso la Policía Federal de Caminos, así que a nuestro parecer este sujeto solo esperaba que los de Protección civil le solucionaran su problemita para salir bien librado, juar juar juar, de que los hay los hay

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