Cierto el reglamento lo dice, leamos:
Anónimo ha dejado un nuevo comentario en su entrada
"-"La estupidez insiste siempre."- Albert Camus":
Independientemente del casco; la licencia y las placas; la ley castiga en su apartado a las personas que conducen en Estado de Ebriedad y también A LAS PERSONAS QUE CONDUCEN CON TEMERIDAD Y PONEN EN RIESGO A LOS PEATONES; por lo que esta responsabilidad recae directamente en el Lic. José Alberto Madrid, Director de la Policía Municipal y Transito Municipal de este lugar, porque en su dependencia ya se han puesto varias denuncias y no ha procedido, es cierto a los menores de edad no se les puede detener; excepto por un delito grave, pero el Director dentro de sus funciones puede poner en conocimiento del M. Publico; esta situación porque valga la redundancia los menores están manejando con temeridad y pueden ser sujetos a una investigación y a un proceso, el ser menor de edad no los excluye de su responsabilidad penal, ni a sus padres tampoco; en caso de que el Director no realice el parte y lo mande al M.P. cualquier persona puede acudir ante dicha autoridad y poner una denuncia por este ilícito.
A falta de reglamento de transito dentro del municipio se entiende que el que se aplicara será la LEY DE TRANSITO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ pero… ¿¿de que sirve tener reglamentos y leyes si nuestras autoridades no cumplen con su obligación??
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"-"La estupidez insiste siempre."- Albert Camus":
Independientemente del casco; la licencia y las placas; la ley castiga en su apartado a las personas que conducen en Estado de Ebriedad y también A LAS PERSONAS QUE CONDUCEN CON TEMERIDAD Y PONEN EN RIESGO A LOS PEATONES; por lo que esta responsabilidad recae directamente en el Lic. José Alberto Madrid, Director de la Policía Municipal y Transito Municipal de este lugar, porque en su dependencia ya se han puesto varias denuncias y no ha procedido, es cierto a los menores de edad no se les puede detener; excepto por un delito grave, pero el Director dentro de sus funciones puede poner en conocimiento del M. Publico; esta situación porque valga la redundancia los menores están manejando con temeridad y pueden ser sujetos a una investigación y a un proceso, el ser menor de edad no los excluye de su responsabilidad penal, ni a sus padres tampoco; en caso de que el Director no realice el parte y lo mande al M.P. cualquier persona puede acudir ante dicha autoridad y poner una denuncia por este ilícito.
A falta de reglamento de transito dentro del municipio se entiende que el que se aplicara será la LEY DE TRANSITO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ pero… ¿¿de que sirve tener reglamentos y leyes si nuestras autoridades no cumplen con su obligación??
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