miércoles, 11 de junio de 2008

laboral no penal

Bueno un comentario del cual ya comentamos algo anteriormente, leamos:



Anónimo ha dejado un nuevo comentario en su entrada
"Van 5 y faltan aun mas…":
A través de este espacio, quisiera preguntar a la C. YANETH KARDEX, y que disculpe mi ignorancia, pero no encuentro ningún articulo que este plasmado en en ninguna ley, que diga que abrir una oficina en horas de la noche sea un delito y menos grave, ya que ella ha manejado que se el cese de este funcionario se dio por abrir la sindicatura a altas horas de la noche; incluso en un medio de información dijo que este DELITO ES GRAVE y pues la mera verdad ya me canse de buscarlo en el Artículo 407 del Código de Procedimientos Penales en el Estado y en el Articulo 20 de la Constitución y no lo encuentro, Ahui tu que estas bien informado de las leyes me podrías decir si hay reformas y si consideran este hecho como grave, si sabes dime porfas. P.D.- Hoy me tome el tiempo de mandarte hechos reales, considera mi esfuerzo y publícalos por fas no. Te mando un abrazo.


Bueno ya comentamos respecto a esto, que el delito por el que se despidió al Tencho no es de índole penal sino laboral, y aunque no está tipificado como grave si es meritorio de despido.

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